Visto cómo se debe identificar electrónicamente a una de las partes de la relación administrativa electrónica, ahora hay que ver cómo se identifica electrónicamente a la otra parte a la Administración Pública.
La regulación legal de la identificación electrónica varía según se trate de identificar el principal y obligado canal de comunicación electrónica que toda Administración debe tener, la sede electrónica o, se trate de identificar electrónicamente la actividad administrativa electrónica. A su vez, la actividad administrativa puede ser con o sin intervención del personal al servicio de la Administración y la identificación electrónica de estos dos tipos de actividad (automatizada o manual) también es distinta.
Lo primero hay que saber porqué y cómo se identifica electrónicamente la sede electrónica.
No hay comentarios:
Publicar un comentario