1 En un procedimiento abierto:
- Un plazo, el normal, de 52 días desde el envío del anuncio.
- Uno reducido de 45 días, (52 días menos 7 días por haber preparado y enviado por medios electrónicos, informáticos o telemáticos).
- Otro más reducido aún de 36 días, (en el caso de que se hubiese enviado un anuncio de información previa).
- Uno más reducido de 29 días, (36 días menos 7 días por ...).
- El "superreducido" y excepcional de 22 días.
- Otro más reducido aún de 15 días, (22 días menos 7 días por ....).
En la primera fase del procedimiento restringido (la selección de empresas):
- Un plazo, el normal, de 37 días desde el envío del anuncio la Comisión Europea, para que las empresas pueden presentar su solicitud de participación en un procedimiento restringido.
- Uno reducido de 30 días, (37 días menos 7 días por ...).
- Un plazo normal de 40 días, contados desde la fecha del envío de la invitación "escrita", para que las empresas seleccionadas puedan presentar sus oferta económicas.
- Un plazo más reducido de 36 días, en el caso de haber enviado un anuncio previo de licitación.
- Un plazo superreducido y excepcional de 22 días
1. El motivo de la reducción es que se ofrezca acceso por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a los pliegos y a la documentación complementaria.
2. Qué plazos concretos se pueden reducir 5 días.
En el procedimiento abierto, esa de 5 días se puede acumular a las otras reducciones de plazos (por haber publicado un anuncio de información previa, por haber preparado y enviado por medios electrónicos, informáticos o telemáticos el anuncio o por concurrir circunstancias excepcionales (art. 143.1º tercer párrafo)
En el procedimiento abierto, las nuevas posibilidades de plazos, aplicándoles la reducción de 5 días serían:
- Uno reducido de 47 días, (el plazo normal de 52 días menos 5 días por ofrecer acceso por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a los pliegos y a la documetación complementaria..
- Otro reducido de 40 días, (52 días menos 7 días por ... y menos 5 días por ...).
- Otro de 31 días (al reducir en 5 días el plazo reducido de 36 días por haber anunciado previamente la licitación).
- Si se aplican las dos reducciones sobre el plazo ya reducido de 36 días, el plazo sería de 28 días.
- Si el plazo superreducido y excepcional de 22 días, se reduce en 5 días, quedan en 17 días.
- Si le aplicamos a este plazo de 22 días, las dos reducciones, quedan en 10 días.
En el procedimiento restringido, la reducción de 5 días por ofrecer acceso por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a los pliegos y a la documetentación complementaria, sólo se regula en relación al plazo que se conceden a las empresas seleccionadas para presentar su oferta económica, es decir: el plazo normal de 40 días, se quedaría en 35 días.
A diferencia de lo dispuesto para el procedimiento abierto, nada se dice sobre si este plazo se puede acumular o adiccionar a otras reducciones.
Y qué significa "ofrecer acceso por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a los pliegos y a la documentación complementaria":
- ¿basta con colgar en nuestra web un pliego en PDF?;
- y si una empresa nos pide un pliego de cláusulas, ¿se puede enviar por correo electrónico?;
- ¿qué constancia tenemos?,
- y si alguien dice que nos lo pidió y que no se lo enviamos y no pudo preparar y presentar su oferta ¿cómo acreditaremos que sí se lo enviamos y que recibieron los pliegos?;
- podemos enviar cualquier archivo, es decir, ¿vale un documento de word o tiene que ser un PDF?;
- esos documentos, a pesar de ser documentos electrónicos porque han salido de un ordenador, ¿son documentos electrónicos válidos?;
- ¿se puede garantizar fehacientemente su autenticidad y la integridad de su información?,...
A estas contestar alguna de estas preguntas le dedicamos su propia entrada.
P.D.: Con todo este lío de números, no sería raro que hubiera metido la "zarpa", así que si a alguien le salen otras cuentas, que nos lo cuente.
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